Si cambiaste de domicilio, debes actualizarlo en tu DNI, eso te permitirá votar en el distrito o jurisdicción donde resides y elegir a tus autoridades.

 

 

Conoce cómo puedes actualizar tu domicilio en tu DNI en el siguiente video

 

►► Realiza el trámite de actualización de domicilio en tu DNI, aquí.  

 
 

Ningún menor de edad puede votar ni figurar en el Padrón Electoral. Cuando los ciudadanos han cumplido la mayoría de edad y no realizan el cambio de su DNI de menores (amarillo) por el de adultos, sus datos y fotografía figuran desactualizados en la base de datos del RENIEC y en el Padrón Electoral aparecerá de la misma forma.

 

 

Conoce cómo puedes cambiar tu DNI amarillo por el azul o electrónico en el siguiente video

 

 

 
 

Es imposible que una persona fallecida vote, pero si sus deudos no han inscrito o generado el Acta de Defunción en el RENIEC, sí es probable que aparezca en el Padrón Electoral. Mientras no se registre la defunción de un ciudadano en la base de datos del RENIEC o se genere su Acta de Defunción, RENIEC asumirá que está vivo y no podrá observar o anular el DNI.
El proceso es el siguiente: producido el deceso, el centro de salud emite el Certificado de Defunción, con el cual el profesional de la salud certifica las causas del fallecimiento. Luego, con ese certificado se inscribe la defunción en el RENIEC. Con ello queda anulado el DNI del difunto y deshabilitado para trámites de carácter civil y para votar.

 

 

Conoce cómo puedes inscribir un Acta de Defunción en el siguiente video

 

 

 
 

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